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¿Cómo hacer el pago de cesantías e intereses correctamente?

¿Qué son las cesantías y cómo se pagan?

Las cesantías son una prestación social que todas las empresas deben pagarle a sus empleados (excepto los que tienen salario integral) y corresponde a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si fueron menos días trabajados, y se debe consignar al fondo elegido por el empleado al final de cada año, a más tardar el 14 de febrero.


¿Cómo se calculan las cesantías?

Estas son las variables que se deben tener en cuenta para hacer el pago de cesantías de manera correcta:

  • El salario base

  • El auxilio de transporte (si el empleado tiene derecho al Auxilio de Transporte, éste valor se incluye en la base de las cesantías).

  • La fecha de inicio del contrato (porque hay que calcular el total de días trabajados del año para saber a qué valor de cesantías tienen derecho).

  • El salario variable (que aplica para los empleados que han tenido variaciones en los últimos 3 meses) es necesario calcular el salario promedio del año para tomarlo como base.


Esta es la fórmula para calcular las cesantías: Cesantías = Base cesantías * Días trabajados en el año / 360


¿Cuándo debo pagar las cesantías y qué sanciones existen si no pago a tiempo?

Para el pago de las cesantías tiene un plazo máximo hasta el 14 de febrero de 2022. Y para el pago de los intereses de las cesantías el plazo es hasta el 31 de enero. La sanción por no pagar las cesantías a tiempo es de un día de salario por cada día de retraso en el pago. Y para el pago tardío de los intereses a las cesantías la sanción implica que se duplica el valor de 12% a 24%.



¿Qué son los intereses sobre cesantías?

Los intereses a las cesantías son la primera obligación contractual en 2022 sobre las prestaciones sociales de un contrato a término fijo o indefinido. Estos intereses son del 12% de las cesantías proporcionales a los días trabajados y tiene como fecha límite de pago el 31 de enero. Estas son algunas de las características que los diferencian de otras prestaciones sociales:

  • Determinado por la Ley 52 de 1975.

  • Es inembargable (no puede ser retenido por la ley).

  • No son acumulables ni canjeables.

  • Los empleados no pueden renunciar a esta prestación social.

  • No se necesita de un fondo o administración porque el pago lo recibe directamente el empleado.

  • Los intereses de cesantías no tienen un uso específico.

  • Su valor en ningún momento reemplaza los intereses que deberá pagar el fondo de cesantías cuando estas sean retiradas.

El artículo 99 de la ley 50 de 1990 señala que: El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.

Es decir, si al realizar la liquidación de cesantías y de intereses, estas no corresponden al año completo, deberás determinar la proporción al tiempo o período liquidado.‍



¿Cómo se calculan los intereses de esta prestación social? Para el cálculo del valor por los intereses a las cesantías debes tener en cuenta:

  1. Cesantías

  2. Días trabajados desde el 01 de Enero (o desde que inició contrato si comenzó en dicho año) hasta el 31 de Diciembre del mismo año.


Ejemplo:

Un colaborador devenga $3.000.000 y ha trabajado durante 9 meses es decir 270 días, los intereses se deben pagar proporcionales sobre el valor de las cesantías:

  • Cesantías = $ 3.000.000 * 270 días / 360 días

  • Cesantías = $ 2.250.000

Sobre estas cesantías se calcula el valor de los intereses, con el 12% proporcional a los días trabajados:

  • Cesantías * 12% * días trabajados / 360 = Intereses de cesantías

  • $ 2.250.000 * 12% * 270 días / 360 días = $202.500


¿Cuándo se deben pagar los intereses de cesantías y qué sucede si no se hace a tiempo?

Los intereses de cesantías se pagan a más tardar el 31 de enero del año siguiente en el que se haya causado las cesantías. Al no cumplir con el plazo de pago de esta prestación social, tendremos que pagar una indemnización por el mismo valor de los intereses (lo que quiere decir que pagaríamos doble).



¿Cómo calcular los intereses a las cesantías por períodos menores a un año?

De acuerdo a la ley, debes pagar intereses del 12% anual, o proporcionales a la fracción de año, en caso de liquidar intereses por 6 meses (½ año), deberás pagar unos intereses a la mitad, es decir, 6%.








 
 
 

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